Nos complace informarles que según la Resolución de 9 de octubre, publicada el 11/10/2017 en el Boletín Oficial del Estado, se ha establecido el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2018 en Cataluña, aunque quedan todavía pendientes de fijar dos fiestas locales, retribuidas y no recuperables, a propuesta de los municipios respectivos.
Las fiestas laborales serán las siguientes:
Para la Comunidad Autónoma de Cataluña, se dispone que de les trece fiestas citadas, habrá una a escoger entre el 2 de abril y el 26 de diciembre, que tiene el carácter de recuperable. Las otras doce serán de carácter retribuido y no recuperable.